¿Cómo viajar en en Colombia? Conoce todos los permisos para viajar en Colombia, excepciones y protocolos de bioseguridad para turismo la contención del Coronavirus COVID-19. 

Una de las preguntas más frecuentes es si ¿Ya se puede volar por turismo? ¿Qué hoteles están abiertos en colombia para turismo? En este artículo respondemos las preguntas más frecuentes de los viajeros:  

De acuerdo con el decreto 1168 de 25 de Agosto de 2020, por parte del Ministerio del Interior, se permite la activación de diferentes sectores económicos y entre estos el tranporte terrestre, transporte aéreo y la actividad hotelera. Por lo tanto, el turismo se puede volver a disfrutar dentro del marco del Distanciamiento Individual Responsable. 

Este distanciamiento individual responsable establece que todas las personas deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad en el espacio público, los cuales detallamos más adelante.

Igualmente, desde el decreto 1076 de 28 de Julio 2020, se habían establecido varias excepciones para las medidas de aislamiento. En el artículo 3 de dicho decreto, quedó señalado que los gobernadores y alcaldes permitirán el derecho de circulación de personas para las actividades de la industria hotelera, lo cual aplicaba para el núcleo familiar según el parágrafo 2.  En aquellas ciudades y municipios donde había pilotos de hoteles se podían visitar ya que esta excepción existe para efectos de movilidad.

Por lo tanto, queremos que estés informado sobre las medidas que se deben cumplir en los aeropuertos, hoteles, restaurantes y sigas dichas medidas en tu próximo viaje.

  

Protocolos de Bioseguridad: Medidas Generales: Resolución de 2020. Ministerio de Salud y Protección Social (24-04-2020)

La resolución 666 de 24 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, en su anexo técnico señala las medidas de control como las siguientes:

  • Distanciamiento físico.
  • Lavado de manos.
  • Elementos de protección personal, especificamente uso de tapabocas. 
  • Monitoreo de temperatura.
  • Encuesta de signos y sintomas relacionados con el COVID-19.
  • Limpieza y desinfección.
  • Manipulación de insumos y productos.
  • Manejo de residuos.

 

Protocolos de Bioseguridad en Hoteles: Resolución 749 de 2020. Ministerio de Salud y Protección Social (13-05-2020)

Los hoteles tienen una reglamentación especial para ser cumplida, alguna de las medidas que resaltamos son las siguientes.

  • Ofrecer alcohol glicerinado al 60% a los huéspedes.
  • Integrar medidas de comunicación de prevención.
  • Los trabajadores del hotel deben realizar toma de temperatura antes y despues de finalizar su turno, dejando registro en el cuadro de control.
  • Adecuar un espacio de recibo de los huespedes en donde se pueda realizar un proceso de desinfección previo al registro. 
  • Prestar servicio a la mesa y eliminar el servicio de desayuno buffet. 
  • El uso del asensor debe ser priorizado para mayores de 60 años, mujeres en estado de embarazo o personas con movilidad reducida.

 

Protocolos de Bioseguridad en Restaurantes: Resolución 749 de 2020. Ministerio de Salud y Protección Social (13-05-2020)

Los restaurantes tienen una detallada reglamentación como las siguientes: 

  • Llevar control del lavado de mano.
  • Desinfección de manos por parte de los trabajadores cada 30 minutos.

 

Protocolos de Bioseguridad en Transporte: Resolución 677 de 2020. Ministerio de Salud y Protección Social (24-04-2020)

Esta resolución aplica para todas las modalidades de transporte terrestre, conductores, terminales de transporte terrestre, los conductores de servicio particular, bicicletas convencionales y patinetas electricas, indicando en su anexo técnico las siguientes medidas:  

  • Limpiar y desinfectar los sitios en los cuales los trabajadores y usuarios hayan tenido contacto, como taquillas, ventanas, sillas, pasamanos, entre otros. 
  • Velar para que durante el trayecto la distancia entre pasajeros sea de 1 (un) metro. 
  • Evitar aglomeraciones.

 

Protocolos de Bioseguridad para Aeropuertos: Resolución 1054 de 2020. Ministerio de Salud y Protección Social (27-06-2020)

Este protocolo aplica para y tiene medidas como las siguientes: 

  • Permitir el transporte de geles y liquidos antibacteriales  o antisépticos en el equipaje de mano en la cantidad máxima de 355 mililitros por persona. 
  • Marcar en las salas de embarque las sillas intermediarias, como "Silla no disponible".
  • Desplegar avisos donde se difundan las recomendaciones frente a la prevención del coronavirus Covid-19. 
  • Emitir cada 20 minutos información preventiva.
  • Recomendar a los pasajeros y trabajadores del aeropuerto el uso de la corona App.
  • Ubicar canecas de pedal y tapa dotados con bolsa negra para la disposición de los elementos de protección como tapabocas, guantes, entre otros. 
  • Garantizar la prestación de los servicios médicos aeroportuarios. 
  • Promover el distanciamiento físico en los terminales aéreos.
  • En los servicios de transporte externo entre terminales se deberá realizar limpieza antes y después de cada uso del bus. 
  • Controlar que el acceso al terminal aeroportuario pro parte de los pasajeros sea máximo dos (2) horas antes de la hora prevista para la salida del vuelo.
  • Permitir el ingreso únicamente a los trabajadores del aeropuerto y a las personas que llevan su check-in de vuelo y documento de identidad.
  • Limitar la cantidad de puertas de acceso al aérea pública de la terminal y disponer de personal de seguridad en cada puerta habilitada, para controlar el ingreso de pasajeros y funcionarios. 
  • Realizar toma de temperadura por medio de mecanismos electrónicos. 
  • Disponer alcohol glicerinado mínimo al 60% y máximo al 95%.
  • Prohibir la aglomeración de clientes en los locales comerciales y garantizar el distanciamiento de 2 metros. 
  • Desinfección de los cajeros automáticos cada hora. 
  • Instalar señales en el piso, en las filas para la verificación de documentos.

 

Protocolos de Bioseguridad para las Playas

Esta resolución indica todas las medidas para garantizar la seguridad en las actividades de playas, incluido el alquiler de casetas, taquillas, hamacas, entre otros. 

 

 

 

 

Control preventivo de la salud de los viajeros por parte de las agencias de viajes y la aseguradora Colasistencia

Igualmente, para el control del estado de salud de los viajeros, se ha implementa una encuesta la cual permite hacer un seguimiento en tiempo real de la salud de los pasajeros. Esta encuesta debe ser llenada por cada viajero en los siguientes momentos:

  • Al reservar el viaje
  • Un día antes de viajar
  • Durante el viaje
  • Una semana después del viajar

 

Seguro de Cancelación COVID-19 

Este es un serivicio diseñado para los momentos en que el viajero asegurado se ve obligado a cancelar o interrumpir su viaje, siempre y cuando este evento le ocasione una pérdida patrimonial ya sea porque el operador turístico o la aerolínea no le reembolsa el valor del tiquete total o parcialmente o por las multas o penalidades que le sean impuestas por el mismo motivo.

Si el Viajero es diagnosticado con COVID-19 y debido a esto debe de cancelar o interrumpir su viaje, Colasistencia le reembolsará:

  • Los tiquetes aéreos y la porción terrestre (hotel), cuando estos fueren no reembolsables o parcialmente reembolsables.
  • Los no reembolsables se pagarán en su totalidad y los reembolsables se pagará el valor no cubierto por la Compañía prestadora del servicio.
  • También se cubrirán las multas, sanciones y/o penalidades impuestas al viajero.
  • El viajero debe demostrar ser portador de esta enfermedad por medio de una prueba legalmente aceptada por el INVIMA y practicada por las entidades aprobadas por el gobierno Nacional.

NOTA: el valor máximo a reembolsar es de $2.000.000, dos millones de pesos por cada viajero del servicio de Asistencia.

 

En Living Col trabajamos con amor para tu diversión y seguridad, por eso, cualquier tour que elijas en nuestra página web está cumpliendo con todos los protocolos para que tú y tus seres queridos viajen con toda seguridad.